Normativa LISMI

Si la empresa pública o privada que debe cumplir dicha ley Lismi o Normativa Lismi no puede hacerlo por alguna circunstancia, puede acogerse a unas medidas alternativas de carácter excepcional según lo establecido en el Real Decreto 27/2000, de 14 de enero.

 

 

Normativa LISMI

Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de Minusválidos, que establece para las empresas públicas y privadas que empleen a más de 50 trabajadores, la obligación de contratar a un número de trabajadores discapacitados no inferior al 2%. 

 

Para el cumplimiento de estas Medidas Alternativas de la Normativa Lismi,

·          - Donación o acción de patrocinio a favor de una entidad cuyo objeto social sea la formación profesional, la inserción laboral y la creación de puestos de trabajo a favor de personas con discapacidad.Compra de bienes y/o servicios a un Centro Especial de Empleo.

·               - Compra de bienes y/o servicios a un Centro Especial de Empleo.

·            - Contratación de un trabajador autónomo discapacitado.

·            - La Lismi también establece necesario la creación de un Enclave Laboral.

La Excepcionalidad en la Normativa Lismi se sucede:

·           - Cuando las empresas acreditan la existencia de razones organizativas, productivas, técnicas o económicas que dificultan seriamente la incorporación de discapacitados a sus plantillas. El INEM o el SCC estimarán esta situación y emitirán el pertinente certificado de excepcionalidad.

·         - Cuando los Servicios Públicos de Empleo no pueden atender las ofertas de empleo para trabajadores discapacitados presentadas por la empresa, o bien sean éstos los que renuncien a esta oferta. En tales casos, el INEM o el Servei Català de Colocació expedirán el certificado acreditativo de la excepcionalidad.

Y la excepcionalidad hay que solicitarla ante la oficina del INEM. Si dicha solicitud no se ha producido, aunque se contraten servicios a un Centro Especial de Empleo o se aplique cualquiera de las otras medidas alternativas no se está cumpliendo la Ley.

Para todo ello, y con el objeto de agilizar y favorecer la incorporación laboral de las personas con discapacidad, así como la aplicación de las medidas alternativas correspondientes a la Lismi, el nuestra Fundación ofrece asesoramiento especializado, tanto para la integración laboral como para el cumplimiento de estas medidas alternativas de la Normativa Lismi, estando en disposición de colaborar y participar en cuantos procesos se consideren necesarios.

 

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